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VEHICULOS USADOS Imprimir E-Mail
lunes, 13 de agosto de 2007
Durante muchos años, el ingreso al país de vehículos usados estuvo prohibido por decretos - que desde la emisión del primero de ellos - se renovaban semestralmente con igual espíritu y duración.-  

De esa manera el Poder Ejecutivo protegía a la nación y a sus ciudadanos, de los perjuicios que la importación de tales productos seguramente causarían, tal como lo hicieron en todos los países en que ello ha sido permitido.- Y si "para muestra basta un botón", solamente hay que observar lo que acontece en varios mercados cercanos de América Latina, para aquilatarlo.- Sin embargo, esa metodología de renovación parcial de la prohibición, tenía la debilidad propia de su limitación en el tiempo, generando una total inseguridad jurídica y una palpable incertidumbre para la inversión, que afectaba las actividades de cientos de empresas y miles de personas.- Periódicamente - en cada oportunidad en que se acercaba el vencimiento de los seis meses - era necesario estar atento y contactarse con las autoridades, para asegurar la firma en tiempo y forma del nuevo decreto, tarea ésta que muchos de los integrantes de nuestra Asociación del Comercio Automotor del Uruguay supimos llevar a cabo, en reiteradas oportunidades.- Pero ahondemos un poco más en la temática, para fundamentar estas expresiones y nuestra actitud al respecto.- En forma constante y casi desde siempre, se ha manifestado que el país necesita inversiones de todo tipo para su desarrollo.- Para fomentar dicha inversión, cualquier empresa organizada que abona sus impuestos y genera puestos de trabajo, lo mínimo que necesita son reglas claras y estables, que le permitan planificar a mediano y largo plazo.- Un decreto que debía renovarse sucesivamente cada seis meses, establecía todo lo contrario.- Este hecho se vio verificado en Marzo de 2005, cuando por razones que no han quedado nunca claras, el Gobierno pretendió levantar sorpresivamente la prohibición de importación de camiones usados, generando reacciones contrarias muy firmes del conjunto de las empresas de transporte profesional de cargas, de los representantes de marcas automotrices y de varios otros actores relacionados.- El resultado - ya conocido por todos quienes operamos en el sector - fue la suspensión de la aplicación de la pretendida nueva normativa, un nuevo decreto por seis meses y finalmente la Ley Nº 17.887, que extendió la validez de la prohibición por otros cuarenta y ocho meses que finalizarán en Agosto de 2009.- En pocas palabras y de allí el porqué de abordar esta temática en nuestra editorial de hoy, entendemos que es necesario comenzar a concienciar nuevamente a nuestras autoridades, respecto a los mencionados perjuicios que la liberación de la importación de unidades usadas acarrean.- Perjudica al país, dando paso a un universo de informalidad en torno al parque de vehículos de carga y pasajeros, brindando la posibilidad de ingreso de unidades de origen dudoso y la legalización de vehículos robados, siniestrados, reparados  y / o  armados con partes.- Un parque de vehículos que desde hace años se viene tratando de modernizar y que actualmente el M.T.O.P. intenta homologar, en base a normas modernas en materia de seguridad y contaminación ambiental.- Perjudica también al país, porque se reducen las posibilidades de recaudación, al mantener el tratamiento fiscal vigente sobre productos de menor valor, sin olvidar las posibilidades de sub - facturación que puedan tener lugar.- Perjudica a la población en general, al viabilizar el ingreso de unidades que seguramente ya no pueden circular en su lugar de origen o que fueron descartadas por haber agotado su vida útil, disminuyendo la seguridad vial y aumentando la contaminación ambiental.- Perjudica a las empresas transportistas profesionales, porque genera un alto riesgo de sobre  dimensionamiento de la flota existente, con una caída de sus flujos de caja, debido a que se da paso a la creación de "nuevas empresas transportistas circunstanciales", con mucha menor inversión.- Perjudica a esas mismas empresas transportistas hoy establecidas, que hacia fines de los 90 renovaron en gran medida sus flotas al amparo de amplias facilidades crediticias y que inmediatamente tuvieron que superar una crisis de muy baja demanda de fletes.- Ahora que superaron la situación, refinanciaron sus deudas y normalizaron sus pagos, se las puede llegar a paralizar nuevamente, con la consiguiente descapitalización, cierre de actividades y / o pérdida de puestos de trabajo.- Perjudica a las instituciones de intermediación financiera, que pueden llegar a ver interrumpida nuevamente la cadena de pago de los clientes.- Perjudica a los Gobiernos Comunales, en la recaudación de tributos tales como la patente de rodados, al bajar los aforos de las unidades sobre las que recaudan.- Perjudica a las empresas aseguradoras también, al tener que calcular sus primas y riesgos sobre unidades similares a las actuales, pero de menor valor.- Perjudica a los propios usuarios potenciales, que puedan llegar a adquirir unidades usadas, dotándolos de vehículos sin respaldo técnico, sin suministro de piezas de repuesto originales, ni garantía de buen funcionamiento y con costos operativos de consumo y mantenimiento más altos, encandilados por una menor inversión inicial.- Perjudica los contratos de trabajo ya perfeccionados.- Perjudica a las empresas que giran en el rubro de compraventa de unidades, al descapitalizarlas por la baja de los stocks ya adquiridos.- Por último - pero no por ello menos importante - perjudica a Uruguay en su relacionamiento internacional, que ha definido hace tiempo integrarse al Mercosur y ha bregado por el establecimiento de una Política Automotriz común, la cual se viene negociando desde hace tiempo, en forma por demás ardua.- A pesar de que dichos protocolos adicionales (31º y 36º del ACE 018) no están formalmente implementados en los respectivos países, los estados miembros del Mercosur  ya  efectuaron el registro de estos diplomas ante ALADI, en 2001.- Los mismos prohíben expresamente la importación de vehículos usados al área.- El Acuerdo de Complementación Económica Nº 2, firmado entre Uruguay y Brasil, reafirma la prohibición del comercio de vehículos usados.- Es claro que la importación de unidades usadas contraviene frontalmente los acuerdos, pudiendo perjudicar la concreción de la unión aduanera y pudiendo afectar los cupos de exportación y las concesiones que ha obtenido nuestro País, con el concepto de nación menos favorecida.- Lo mismo sucede con el Acuerdo de Complementación Económica Nº 57 con la República Argentina, que establece las condiciones para el comercio bilateral.- Por todo lo expresado anteriormente y por varias otras razones que el espacio disponible no nos permite desarrollar hoy, es que A.C.A.U. vuelve a elevar su voz de prevención.-

 
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